BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTURAS.
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Moy Vergara
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTURAS.
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Última edición por Moy Vergara el Vie Jun 21, 2013 11:34 pm, editado 1 vez en total.
- Jordi.Jilguero
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Re: BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTU
Gracias por la aportacon alguno se alegrara de poder capturar.Saludos

No hay nada mas bonito que el trino de un Jilguero
- cnpzipizape
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Re: BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTU
Enhorabuena.
Manuel Ignacio MARTIN SANZ....SOY PAJARERO-SILVESTRISTA, MI PASIÓN, LA CAZA-CAPTURA DE JILGUEROS. ! VIVA LA RIQUEZA DEL CANTO CAMPERO !.
- rabadillas
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Re: BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTU
enhorabuena a los riojanos

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- goelcolorin
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Re: BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTU
En fin, despues de todo hay que dar gracias por dejaros capturar, aunque supongo que habreis leido el futuro que nos espera.
SAludos y enhorabuena.
Antonio MARTIN SANZ
SAludos y enhorabuena.
Antonio MARTIN SANZ
EL SILVESTRÍSMO, DEBERÁ LUCHAR SIEMPRE POR LA CAZA LEGAL DE FRINGÍLIDOS, COMO BASE ESENCIAL DE LA CONTINUIDAD DE ESTA ANCESTRAL AFICIÓN, DE LO CONTRARIO , DESAPARECEREMOS.
- cnpzipizape
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Re: BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTU
Por si alguien no se lo ha leido todo:
"""" En el artículo 5 de la citada Orden se fijan las condiciones de las capturas y se establece que los días hábiles y cupos se determinarán anualmente mediante resolución de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial.
Esta actividad de captura de aves silvestres entre los aficionados a los pájaros de canto se va ir reduciendo progresivamente en los próximos tres años para disminuir el volumen de aves capturadas, con el objetivo final de autorizar exclusivamente a los criadores legalizados, según los cupos que se establezcan a nivel nacional.
Para la presente campaña se ha reducido el número de días hábiles de 16 a 12 (un 25%) con respecto a los fijados en la anterior temporada, se ha eliminado el período de capturas del mes de agosto, para no afectar a la época de celo, reproducción y crianza de las especies, y se ha introducido un cupo específico para jilgueros.
En consecuencia, y en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 8.1.1 del Decreto 71/2007 de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003 de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja
"""" En el artículo 5 de la citada Orden se fijan las condiciones de las capturas y se establece que los días hábiles y cupos se determinarán anualmente mediante resolución de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial.
Esta actividad de captura de aves silvestres entre los aficionados a los pájaros de canto se va ir reduciendo progresivamente en los próximos tres años para disminuir el volumen de aves capturadas, con el objetivo final de autorizar exclusivamente a los criadores legalizados, según los cupos que se establezcan a nivel nacional.
Para la presente campaña se ha reducido el número de días hábiles de 16 a 12 (un 25%) con respecto a los fijados en la anterior temporada, se ha eliminado el período de capturas del mes de agosto, para no afectar a la época de celo, reproducción y crianza de las especies, y se ha introducido un cupo específico para jilgueros.
En consecuencia, y en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 8.1.1 del Decreto 71/2007 de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003 de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Manuel Ignacio MARTIN SANZ....SOY PAJARERO-SILVESTRISTA, MI PASIÓN, LA CAZA-CAPTURA DE JILGUEROS. ! VIVA LA RIQUEZA DEL CANTO CAMPERO !.
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Moy Vergara
Re: BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTU
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Última edición por Moy Vergara el Vie Jun 21, 2013 11:35 pm, editado 1 vez en total.
Re: BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTU
quieren que en 3 años no se pueda capturar ,esto se llama pan para hoy y hambre para mañana , lo mismo que estan intentando para cataluña hay que darle la vuelta , riojanos hablar con vuestros dirigentes y azedles ver que la cria no es la solucion , quiere quitar lo mas importante las capturas y cambiarlo por la cria , hay que decir NO , NO y NO .
Silvestrismo catalan. https://m.facebook.com/profile.php?id=1 ... f=bookmark
http://pajarosdecampo.blogspot.com
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Re: BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTU
Moy Vergara escribió:Esta actividad de captura de aves silvestres entre los aficionados a los pájaros de canto se va ir reduciendo progresivamente en los próximos tres años para disminuir el volumen de aves capturadas, con el objetivo final de autorizar exclusivamente a los criadores legalizados, según los cupos que se establezcan a nivel nacional.
jejejeje. no quieren prohibir las capturas por las poblaciones silvestres, ni por el medio ambiente. ( les importa un carajo )
quieren que paguemos todo esto.
Documentos que se debe aportar:
- Fotocopia del NIF/CIF del titular del núcleo zoológico
- Instancia conforme a modelo (Documento que te dan y tienes que rellenar)
- Copia compulsada de la licencia municipal de actividad o autorización municipal.
- Copia compulsada del título de propiedad a nombre del titular del núcleo zoológico o contrato de arrendamiento de las instalaciones y/o del terreno donde se ubica el núcleo zoológico
- En caso de entidades asociativas, copia compulsada de los Estatutos de su constitución
- Proyecto de instalación del núcleo zoológico firmado por técnico competente que incluya memoria descriptiva de la actividad, presupuesto, planos de situación y de las instalaciones, construcciones, dependencias y sus accesos.
- Lista de animales que posea el núcleo zoologico
- Programa higiénico-sanitario y de prevención de enfermedades suscrito y realizado por un veterinario colegiado en ejercicio libre encargado de vigilar el estado de salud de los animales
- Informe emitido por un veterinario colegiado, previa inspección de las instalaciones, en la que se compruebe en particular que reúne las siguientes condiciones:
* Emplazamiento, con el aislamiento adecuado que evite el posible contagio de enfermedades a o de animales extraños
* Construcciones, instalaciones y equipos que proporcionen un ambiente higiénico, defiendan del peligro a los animales y facilite las acciones zoosanitarias
* Dotación de agua potable o de calidad adecuada
* Facilidades para la eliminación de estiércoles y aguas residuales, de forma que no entrañen peligro de contagio para otros animales ni al hombre
* Recintos, locales o jaulas de fácil lavado y desinfación para el aislamiento, secuestro y observación de animales enfermos y sospechosos de enfermedad
* Medios para la limpieza y desinfección de locales, material, utensilios y en su caso vehículos utilizados en el transporte de los mismos
* Medios para la destrucción o eliminación higiénica y materias contumaces
* Programa de manejo adecuado
se permitiran las capturas, si hacemos el nucleo zoologico y encima nos cobraran la licencia de capturas, cotos e.t.c
Todo esto es por sacarnos los €€€, lo dicen bien claro ( con el objetivo final de autorizar exclusivamente a los criadores legalizados, según los cupos que se establezcan a nivel nacional. que sinvergüenzas!

- kikee
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Re: BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTU
gracias por la informacion y enhorabuena, un saludo
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