Página 1 de 1

BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTURAS.

Publicado: Mié Jun 22, 2011 11:03 pm
por Moy Vergara
-

Re: BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTU

Publicado: Mié Jun 22, 2011 11:04 pm
por Jordi.Jilguero
Gracias por la aportacon alguno se alegrara de poder capturar.Saludos

Re: BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTU

Publicado: Jue Jun 23, 2011 1:53 am
por cnpzipizape
Enhorabuena.

Re: BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTU

Publicado: Jue Jun 23, 2011 9:11 am
por rabadillas
enhorabuena a los riojanos

Re: BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTU

Publicado: Jue Jun 23, 2011 10:41 pm
por goelcolorin
En fin, despues de todo hay que dar gracias por dejaros capturar, aunque supongo que habreis leido el futuro que nos espera.
SAludos y enhorabuena.
Antonio MARTIN SANZ

Re: BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTU

Publicado: Jue Jun 23, 2011 11:48 pm
por cnpzipizape
Por si alguien no se lo ha leido todo:

"""" En el artículo 5 de la citada Orden se fijan las condiciones de las capturas y se establece que los días hábiles y cupos se determinarán anualmente mediante resolución de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial.
Esta actividad de captura de aves silvestres entre los aficionados a los pájaros de canto se va ir reduciendo progresivamente en los próximos tres años para disminuir el volumen de aves capturadas, con el objetivo final de autorizar exclusivamente a los criadores legalizados, según los cupos que se establezcan a nivel nacional.
Para la presente campaña se ha reducido el número de días hábiles de 16 a 12 (un 25%) con respecto a los fijados en la anterior temporada, se ha eliminado el período de capturas del mes de agosto, para no afectar a la época de celo, reproducción y crianza de las especies, y se ha introducido un cupo específico para jilgueros.
En consecuencia, y en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 8.1.1 del Decreto 71/2007 de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003 de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Re: BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTU

Publicado: Jue Jun 23, 2011 11:55 pm
por Moy Vergara
-

Re: BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTU

Publicado: Vie Jun 24, 2011 2:19 am
por ferran
quieren que en 3 años no se pueda capturar ,esto se llama pan para hoy y hambre para mañana , lo mismo que estan intentando para cataluña hay que darle la vuelta , riojanos hablar con vuestros dirigentes y azedles ver que la cria no es la solucion , quiere quitar lo mas importante las capturas y cambiarlo por la cria , hay que decir NO , NO y NO .

Re: BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTU

Publicado: Vie Jun 24, 2011 1:15 pm
por pinsan
Moy Vergara escribió:
Esta actividad de captura de aves silvestres entre los aficionados a los pájaros de canto se va ir reduciendo progresivamente en los próximos tres años para disminuir el volumen de aves capturadas, con el objetivo final de autorizar exclusivamente a los criadores legalizados, según los cupos que se establezcan a nivel nacional.

jejejeje. no quieren prohibir las capturas por las poblaciones silvestres, ni por el medio ambiente. ( les importa un carajo )

quieren que paguemos todo esto.

Documentos que se debe aportar:

- Fotocopia del NIF/CIF del titular del núcleo zoológico
- Instancia conforme a modelo (Documento que te dan y tienes que rellenar)
- Copia compulsada de la licencia municipal de actividad o autorización municipal.
- Copia compulsada del título de propiedad a nombre del titular del núcleo zoológico o contrato de arrendamiento de las instalaciones y/o del terreno donde se ubica el núcleo zoológico
- En caso de entidades asociativas, copia compulsada de los Estatutos de su constitución
- Proyecto de instalación del núcleo zoológico firmado por técnico competente que incluya memoria descriptiva de la actividad, presupuesto, planos de situación y de las instalaciones, construcciones, dependencias y sus accesos.
- Lista de animales que posea el núcleo zoologico
- Programa higiénico-sanitario y de prevención de enfermedades suscrito y realizado por un veterinario colegiado en ejercicio libre encargado de vigilar el estado de salud de los animales
- Informe emitido por un veterinario colegiado, previa inspección de las instalaciones, en la que se compruebe en particular que reúne las siguientes condiciones:
* Emplazamiento, con el aislamiento adecuado que evite el posible contagio de enfermedades a o de animales extraños
* Construcciones, instalaciones y equipos que proporcionen un ambiente higiénico, defiendan del peligro a los animales y facilite las acciones zoosanitarias
* Dotación de agua potable o de calidad adecuada
* Facilidades para la eliminación de estiércoles y aguas residuales, de forma que no entrañen peligro de contagio para otros animales ni al hombre
* Recintos, locales o jaulas de fácil lavado y desinfación para el aislamiento, secuestro y observación de animales enfermos y sospechosos de enfermedad
* Medios para la limpieza y desinfección de locales, material, utensilios y en su caso vehículos utilizados en el transporte de los mismos
* Medios para la destrucción o eliminación higiénica y materias contumaces
* Programa de manejo adecuado

se permitiran las capturas, si hacemos el nucleo zoologico y encima nos cobraran la licencia de capturas, cotos e.t.c

Todo esto es por sacarnos los €€€, lo dicen bien claro ( con el objetivo final de autorizar exclusivamente a los criadores legalizados, según los cupos que se establezcan a nivel nacional. que sinvergüenzas!

Re: BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTU

Publicado: Vie Jun 24, 2011 1:25 pm
por CANARIO
joder llegaron las rebajas

Re: BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA CON LO REFERENTE A LAS CAPTU

Publicado: Vie Jun 24, 2011 5:28 pm
por kikee
gracias por la informacion y enhorabuena, un saludo