juanayu escribió:al señor Enrique de un ignorante federado...... Saludos de un ignorante.
Explíquese mejor sr. Juanayu porque según le leo veo que entiende poco o nada del tema estatutos de su FACA y mezcla churras con merinas ,pero no se preocupe que le voy a culturizar un poquito ahora mismo.
• 18. a) lo que le da derecho es a presentarse a ocupar uno de de los siete puestos que en su provincia, JAÉN, se presentan a formar la asamblea cuya proporción de representantes de sociedades asciende a un total de 52 dentro de los 100. Su sociedad tendría que salir elegida entre las 123 sociedades existentes en la provincia de Jaén. Si es silvestrista pues tendría que conseguir que la mayoría de sociedades de caza le votaran para ser asambleísta entre las 6 posibles. Aquí tiene el enlace del censo de sociedades de su provincia, JAÉN.
http://www.fac.es/files/descarga.php?t= ... 225dd6bb16
• 18.b) quiere decir que si sale su sociedad elegida como asambleísta tendrá voz y voto en la Asamblea de la FACA.
• 18.c) le permite participar como organizadora de concursos de silvestrismo, caso de su sociedad ser silvestrista o campeonatos de caza si es de caza.
• 18.d) le permite beneficiarse de los servicios jurídicos o la elaboración de un plan técnico de caza, cursos de formación de guardas de coto, empresas de gestión de protección de datos, etc.
• 18.e) le da derecho a acceder a la información de gestión de la FACA en sus asambleas provinciales.
• 18.f) le dice que nadie está obligado a pertenecer a la FACA, que el que está lo hace voluntariamente y se puede marchar cuando lo estime pertinente, solo tiene que dejar de sacar las tarjetas federativas y automáticamente deja de ser sociedad federada.
• 18.g) le permite gestionar cotos deportivos de caza.
Consejo Provincial federativo, es decir , la junta directiva de las delegaciones provinciales de Caza. El Artículo 84 le explica que al igual que la asamblea general de la FACA se compone de 100 asambleístas, a nivel provincial se repite la misma estructura electoral.
Así le indica en los apartados a), b) y c) la composición de la misma:
• que dentro de la Junta directiva provincial de Jaén existirán 6 sociedades, 7 deportistas y 1 juez;
• que también formarán parte la Comisión de gobierno provincial, que son nombrados directamente por el presidente de la FACA;
• y por último que también forman parte los asambleístas elegidos por los federados en las elecciones.
¿Y cuáles son las funciones de ese Consejo provincial?
• PROPONER y sólo PROPONER al delegado federativo en la provincia, es decir, AL DELEGADO DE CAZA DE CADA PROVINCIA.
• Aprobar el calendario de competiciones.
• Aprobar los presupuestos a nivel provincial.
Así ya sabe usted cuáles son sus derechos y le doy el siguiente enlace:
http://www.fac.es/elecciones2012
Aquí tiene todo lo necesario para presentarse a ocupar 1 escaño de los 100 que componen la asamblea de su FACA y decidir la parte proporcional a 1 voto.
Por tanto es usted el que tiene que presentar la candidatura de su sociedad a representante de su FACA y es usted el que se tiene que preocupar de participar en las elecciones porque el estatuto no obliga a consultarle nad a ninguna sociedad o federado fuera de la asamblea general, así que puede seguir esperando sentado a que le llamen para gestionar la actividad de la delegación de caza provincial, que por cierto, nada tiene que ver con la gestion de los comités específicosque regulan actividades concretas como son la CETRERÍA, CAZA CON ARCO, SILVESTRISMO y las cuales dependen y son nombradas DIRECTAMENTE POR EL PRESIDENTE Y LA JUNTA DIRECTIVA DE SU FACA que nombra directamente a las personas de su confianza para los máximos cargos de dichas comisiones, por ejemplo, delegado andaluz de Cetrería, de Silvestrismo, de Caza con Arco, etc.
CAPÍTULO IX.- LOS COMITÉS ESPECÍFICOS.
Artículo 73. - Comités específicos.
1. - Se podrán crear Comités Específicos por cada modalidad o especialidad deportiva existente en la Federación o para asuntos concretos de especial relevancia.
2. - El Presidente y los vocales de los mismos serán designados por la Junta Directiva y serán ratificados en la primera Asamblea General que se celebre.
3. - Corresponderá a estos Comités el asesoramiento del Presidente y de la Junta Directiva en cuantas cuestiones afecten a la modalidad o especialidad que representan o a la materia para el que ha sido creado, así como la elaboración de informes y propuestas relacionados con la planificación deportiva, reglamentos de competiciones o asuntos que se le encomiende, por ejemplo, el microchip.
Espero que ahora de verdad lea con mayor atención los estatutos de su FACA porque su interpretación, al hilo del mensaje que pretende que se consulte el tema del microchip con los silvestristas es de lo más peculiar . Saludos de otro ignorante no federado.