Datos de interés para los compañeros que capturan en la Comunidad Valenciana.
Artículo 6. Captura en vivo de aves fringílidas con red para el canto
Se autoriza dicha captura a los miembros de asociaciones ornitológicas
silvestristas que cuenten con una autorización excepcional y
expresa expedida por la correspondiente dirección territorial y hayan
participado en concursos de canto de aves fringílidas, en virtud de los
artículos 10 y 15 de la Ley 13/2004, de 27 de diciembre, de Caza de la
Comunitat Valenciana.
Periodo: Se establecen dos periodos, denominados A, o de verano,
y B, o periodo otoñal.
Autorizaciones: La autorización tendrá ámbito provincial. Por silvestrista
sólo se podrá obtener una única autorización que ha de detallar
periodo y provincia.
Número máximo de autorizaciones por provincia y periodo:
Provincia Cantidad
Alicante 1.700
Castellón 800
Valencia 1.500
TOTALES 4.000
Días hábiles en el periodo A
Julio: 23, 24, 29, 30 y 31.
Agosto: 5, 6, 7, 12, 13, 14, 15, 19, 20, 21, 26, 27 y 28.
Días hábiles en el periodo B
octubre: 7, 8, 9, 12, 14, 15, 16, 21, 22, 23, 28, 29 y 30.
noviembre: 1, 5, 6, 12 y 13.
Especies:
Jilguero (Carduelis carduelis)
Pardillo común (Carduelis cannabina)
Verderón común (Carduelis chloris)
Verdecillo (Serinus serinus)
Pinzón común (Fringilla coelebs)
El cupo máximo de captura por día, entre todas las especies es de
10, de esos diez no podrá superarse el número de 3 pardillos ni de 5
verdecillos por día.
Los cupos por especie y temporada son los siguientes:
Temporada A Jilguero 27.200 Verderón común 13.500 Verdecillo 12.400 Pardillo 6.000 Pinzón 3.000
Temporada B Jilguero 12.800 Verderón común 10.500 Verdecillo 5.600 Pardillo 6.000 Pinzón 7.000
Cupo total Comunitat 40.000 24.000 18.000 12.000 10.000
A efectos de controlar el cupo total por especie las federaciones se
proveerán de anillas oficiales para anillar en campo y a repartir entre sus
asociados que cuenten con autorización, quedando prohibida la tenencia
de aves juveniles que no vayan provistos de la anilla correspondiente.
El titular de la autorización estará obligado al anillamiento de todas
las aves que retenga tras su captura en red con las anillas que le habrán
sido entregadas por su federación, e independientemente de que las aves
queden definitivamente en cautividad o vayan a ser liberadas posteriormente
tras su selección por su aptitud para el canto.
Entre todas las especies el número máximo de ejemplares a capturar
durante la temporada es de 30.
Del total de 30, que, en su caso se capturen, sólo podrán retenerse
en cautividad 20 aves.
Condiciones específicas:
Se admitirán a trámite únicamente las solicitudes presentadas a través
de los representantes de asociaciones ornitológicas silvestristas.
Para obtención de la autorización es requisito estar al corriente de la
presentación de los partes de captura de temporadas anteriores.
En los meses de julio y agosto sólo pueden capturarse ejemplares
juveniles.
Sólo pueden utilizarse reclamos y cimbeles naturales de las especies
objeto de captura. Las aves de reclamo estarán separadas en jaulas independientes
y las aves que actúen como cimbel, en número no mayor de
cuatro, irán provistas de los elementos propios para su función.
La captura se realizará gracias a la actuación de los reclamos sin
poderse utilizar cebaderos o bebederos artificiales.
En cotos de caza y otros espacios cinegéticos declarados es preciso
contar con la autorización del titular del coto o del espacio cinegético
por escrito.
No podrá practicarse la captura en espacios vallados para protección
de viviendas ni en el interior de otro tipo de vallados cuando carezcan
de puertas accesibles y abiertas.
La suelta de los ejemplares se efectuará tan pronto como el titular
de la autorización se percate de que éstos no reúnen las cualidades precisas
para el canto, teniendo como fecha límite el 30 de septiembre los
animales capturados en la opción A y el 15 de diciembre los animales
capturados en la opción B.
Datos de interés Conselleria de Infraestructuras, Territorio
Moderadores: ALCHEMY, goelcolorin, cnpzipizape
Re: Datos de interés Conselleria de Infraestructuras, Territ
Gracias por la informacion y coño asta el verdecillo se podra y que yo no sepa nada en catalunya tiene huevos,saludos.

Re: Datos de interés Conselleria de Infraestructuras, Territ
buen aporte. Saludos-
- cnpzipizape
- Moderador
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Re: Datos de interés Conselleria de Infraestructuras, Territ
Muchas gracias por mantenernos informadados.
Manuel Ignacio MARTIN SANZ....SOY PAJARERO-SILVESTRISTA, MI PASIÓN, LA CAZA-CAPTURA DE JILGUEROS. ! VIVA LA RIQUEZA DEL CANTO CAMPERO !.
- RICHARMADRID
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- Registrado: Dom Feb 20, 2011 7:59 pm
Re: Datos de interés Conselleria de Infraestructuras, Territ
y aki cuatro domingos y gracias
Re: Datos de interés Conselleria de Infraestructuras, Territ
Hola.. esa orden es del año pasado (ORDEN 1/2011, de 1 de julio)....
La de este año todavia no se sabe nada de nada.....
saludos
La de este año todavia no se sabe nada de nada.....
saludos
Re: Datos de interés Conselleria de Infraestructuras, Territ
Si tienes razón amigo, me equivoque al poner los días de captura, pero el borrador aprobado por conselleria, el pasado mes de mayo, era indentico al del año pasado, exceptuando los días de captura. En el permiso otoñal que es el que ami me importa son: Octubre 5, 6, 7, 9, 12, 13, 14, 19, 20, 21, 26, 27, y 28.JOSE.AL escribió:Hola.. esa orden es del año pasado (ORDEN 1/2011, de 1 de julio)....
La de este año todavia no se sabe nada de nada.....
saludos
Noviembre: 1. 3, 4, 10 y 11. total 18 días como el año pasado.