distancia entre una red y un arbolillo artificial
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- X-GUILLE-96
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distancia entre una red y un arbolillo artificial
hola buenas a todos tengo una duda que he preguntado a varios silvestristas y nadie me ha sabido responder , aqui la dejo
imaginaz que estais en el periodo de capturas otoñal y quereis ir de capturas con otro silvestrista pero no de acompañante sino cada uno con su arte de captura, imginaz tambien que uno quiere ir con la red abatible y el otro quiere ir con el arbolillo artificial de liga
¿a cuanta distancia tienen que estar separadas las dos artes?
se que cuando es el mismo tipo de captura (por ejemplo dos redes) debe haber como minimo 100 metros de separacion pero no se cuanta separacion debe haber entre dos artes diferentes de dos silvestristas distintos
imaginaz que estais en el periodo de capturas otoñal y quereis ir de capturas con otro silvestrista pero no de acompañante sino cada uno con su arte de captura, imginaz tambien que uno quiere ir con la red abatible y el otro quiere ir con el arbolillo artificial de liga
¿a cuanta distancia tienen que estar separadas las dos artes?
se que cuando es el mismo tipo de captura (por ejemplo dos redes) debe haber como minimo 100 metros de separacion pero no se cuanta separacion debe haber entre dos artes diferentes de dos silvestristas distintos
- RICHARMADRID
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Re: distancia entre una red y un arbolillo artificial
pues me imagino ke sera la misma
Re: distancia entre una red y un arbolillo artificial
Yo creo que igual... Aunque como no madrugues y yegues anntes que yo tendras que multiplicar por cinco la distancia jejjeeejeejjjej..
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- RICHARMADRID
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Re: distancia entre una red y un arbolillo artificial
coroneldelinares escribió:Yo creo que igual... Aunque como no madrugues y yegues anntes que yo tendras que multiplicar por cinco la distancia jejjeeejeejjjej..
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vete despues de cenar y piyas sitio
Re: distancia entre una red y un arbolillo artificial
sí, debe haber 100 metros o más!
Saludos!
Saludos!
Re: distancia entre una red y un arbolillo artificial
Hombre cuando me pongo en el cerro (barrio) al atardedecer el dia de antes ya esta el arbililll puesto.... Jejjeejje
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- RICHARMADRID
- Mensajes: 5552
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Re: distancia entre una red y un arbolillo artificial
y no te lo volean??coroneldelinares escribió:Hombre cuando me pongo en el cerro (barrio) al atardedecer el dia de antes ya esta el arbililll puesto.... Jejjeejje
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Re: distancia entre una red y un arbolillo artificial
Hombre nunca me lo han quitao nos conocemos tos...cuando lo pongo es casi denoche pero algun dia llegara alguno y se lo llevara... Pero weno
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- juanayu
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Re: distancia entre una red y un arbolillo artificial
Aqui os dejo la normativa del 2011 , y no dice nada , aqui en mi zona dejamos minimo ente artes 50mtr. incluso el seprona tiene dudas ya que en la normativa solo biene la distancia minima para el arbolillo :
Normativas en Andalucia
Estas Normativas son solo de la Comunidad Autonoma de Andalucía. Si alguien quiere poner las de su Comunidad, puede hacerlo.
Especies autorizadas:
Verderón (Carduelis CHLORIS).
Jilguero (Carduelis carduelis).
Pardillo (Carduelis cannabina).
Se pueden capturar ejemplares de ambos sexos, sin limitación de edad.
Métodos de capturas:
En periodo estival sólo red abatible, mientras que en el período otoña puede optar. por red o arbolillo. No es necesario el marchamo de la red o arbolillo, amparando autorización ambos procedimientos de captura.
Red abatible: Una sola arte de captura. No sobrepasará los 8 m de longitud Pueden permitirse un auxiliar o mas para el manejo de la red, los cuales deberán pertenecer a la Federación Andaluza de caza.
Si es red abatible y tiene autorización no se decomisa la red. Si no tiene la autorización, es red japonesa, invisible etc, esta si se decomisa
Arbolillo: Sólo se usará liga natural (ajonje), quedando prohibido el uso de. liga artificial o sintética. Sólo se permite un arbolillo artificial, prohibido poner liga en matorrales y plantas silvestres. Pueden permitirse un auxiliar o varios. Distancia máxima del arbolillo artificial al capturador 50 metros.
Características: se podrán construir con hojas de plástico, tela o similares, y trozos de troncos naturales desechados de la poda, o trozos de árboles secos o incluso utilizar árboles contrahechos de venta en comercios
Las lirias naturales: no se comercializan, las latas y recipientes de cristal suelen ir sin etiquetar. Difíciles de distinguir, en la liria natural se pueden observar restos orgánicos (palitos, restos de flores etc.) piedrecitas, en la liria artificial se pueden observar restos de plástico, guantes, crepé, etc.
Condiciones de captura.
Número máximo de capturas: 5 aves por día en total sin distinción de pluma, debiéndose soltar las que se capturen de más o los ejemplares de especies no autorizadas.
Durante, la sesión de captura no se podrán retener en jaula más de 10 ejemplares capturados, sin incluir los reclamos anillados.
Todos los reclamos y cimbeles utilizados deberán estar anillados. Los ejemplares criados en cautividad, pájaros mutados, con anilla cerrada, quedan excluidos, así como los híbridos (mixtos).
No hay límite en el número de reclamos a utilizar durante la captura.
La no identificación correcta o la irregularidad en el documento acreditativo, será especificada en la autorización como causa de rescisión de la misma. Las tachaduras o rectificaciones en el permiso de captura será motivo de inhabilitación para la obtención del mismo en la siguiente temporada.
No se admite la captura en cebaderos o bebederos artificiales, con reclamos cegados o mutilados, magnetófonos y casetes.
Las capturas de fringílidos sí se pueden realizar en los antiguamente denominados terrenos libres No les afecta la nueva Ley de Flora y Fauna en este apartado.
Igualmente se podrá capturar tanto en zonas de Reserva de Caza como en las Zonas de Seguridad
Los silvestristas con permiso de captura no necesitan autorización expresa de ningún organismo para la captura de fringílidos dentro de los terrenos de dominio público marítimo-terrestre ( ej: Playas, ríos, arroyos, sus cauces y márgenes ), ni dentro de terrenos propiedad de Ayuntamientos o de la Comunidad Autónoma siempre que no sean Parques o Parajes Naturales. Únicamente en los terrenos propiedad de particulares que estén incluidos en cotos privados de caza o estén cercados, pero tengan expresa prohibición de paso en la entrada de la finca, será necesario tener autorización del propietario.
Igualmente tampoco será necesario el permiso del titular de los terrenos que se encuentren dentro de los cotos deportivos de caza así definidos por el reglamento de Ordenación de la Caza de 9 de agosto de 2005.
Periodos de capturas:
Periodo estival: Del 10 de Julio al 21 de Agosto inclusive, jueves, viernes, sábados, domingos y festivos
Periodo otoñal: Del 12 de Octubre al 21 de Noviembre. Todos los días
Salidas:
En total 20 salidas, la sociedad Pajaril registrará los días que efectuarán las capturas Validando cada salida con fechador, rubrica y sello.
Cupos de capturas
A partir del 2006, según lo establecido en el nuevo Convenio de Silvestrísimo, todos los socios que se den de alta en una sociedad silvestrista, tendrán limitados los cupos de captura durante sus primeros tres años de socio en dicha sociedad, incluso aquellos que hubieran tenido antigüedad en otra sociedad salvo excepciones para éstos últimos.
Matreros
Matreros son las especies vegetales que se colocan durante las capturas para traer a las especies de fringílidos. Se pueden utilizar no requiriendo autorización expresa de la Delegación de la Conserjería de Medio Ambiente:
Mirto, murta o mortuño (Mirtus communis).
Lentisco (Pistacia lentiscus).
Así como cardos, torbiscas, romanceras, cenizos, etc
No se autoriza el uso de la camarina Para las capturas (Corema album), por ser especie, protegida
Cimbeles, jarilleros o jarillas
A los cimbeles jarilleros o jarillas se les da agua y comida en recipientes similares a los que portan en las jaulas los reclamos, no se consideran bebederos artificiales.
No se requiere ningún tipo de autorización para el entrenamiento de los cimbeles siempre que las aves porten sus correspondientes anillas y permisos de tenencia obligatorios.
Permiso excepcional de capturas
Los permisos deben ir sellados claramente indicando los días de captura con fechador y firma del representante de cada Sociedad Pajaril. Anualmente una vez finalizada la temporada se anotarán en los permisos de captura los números de las anillas de los ejemplares seleccionados .
En los permisos no figuran los nombres de los parajes autorizados, motivo por el cual se deberá adjuntar una relación de los mismos al permiso de capturas.
Relación de Parajes
De conformidad con la normativa vigente dictada por la Conserjería de Medio Ambiente cada. sociedad expedirá a sus socios una relación de los parajes de captura dentro de cada uno de las Hojas de los Planos Cartográficos autorizados. Dicha relación sólo tiene que estar firmada y sellada por la sociedad silvestrista no requiriendo autorización expresa de la Delegación. de la Consejería de Medio Ambiente. Esta relación ira en folio anexo separado del permiso de capturas, el cual únicamente indica el número y nombre de hoja de los planos correspondientes.
Ayudantes y Acompañantes
Ayudantes peden ir varios, tanto con arbolito como con red, aunque deben de tener todos tarjetas federativas y manejar el arte de captura. En cambio acompañantes son los que no manejan el arte de captura y no tienen obligación de llevar tarjeta federativa.
No hay límites de horas para las sesiones de capturas, se puede cambiar de posición la red en cada sesión y el titular deberá permanecer en el lugar de las capturas.
Otros requisitos
Todo silvestrista con permiso de capturas tendrá la obligación de participar anualmente en los concursos de silvestrísimo obligatorios que organice su sociedad, así como cumplir con la obligación persona de asistir a las preceptivas sueltas de fringílidos aportando a las mismas su cupo particular.
Las Fechas que aparecen de la apertura y cierre de las bedas son referentes al año 2011, cuando estén las del 2012 las cambiaremos, pero las normativas seran las mismas.
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Normativas en Andalucia
Estas Normativas son solo de la Comunidad Autonoma de Andalucía. Si alguien quiere poner las de su Comunidad, puede hacerlo.
Especies autorizadas:
Verderón (Carduelis CHLORIS).
Jilguero (Carduelis carduelis).
Pardillo (Carduelis cannabina).
Se pueden capturar ejemplares de ambos sexos, sin limitación de edad.
Métodos de capturas:
En periodo estival sólo red abatible, mientras que en el período otoña puede optar. por red o arbolillo. No es necesario el marchamo de la red o arbolillo, amparando autorización ambos procedimientos de captura.
Red abatible: Una sola arte de captura. No sobrepasará los 8 m de longitud Pueden permitirse un auxiliar o mas para el manejo de la red, los cuales deberán pertenecer a la Federación Andaluza de caza.
Si es red abatible y tiene autorización no se decomisa la red. Si no tiene la autorización, es red japonesa, invisible etc, esta si se decomisa
Arbolillo: Sólo se usará liga natural (ajonje), quedando prohibido el uso de. liga artificial o sintética. Sólo se permite un arbolillo artificial, prohibido poner liga en matorrales y plantas silvestres. Pueden permitirse un auxiliar o varios. Distancia máxima del arbolillo artificial al capturador 50 metros.
Características: se podrán construir con hojas de plástico, tela o similares, y trozos de troncos naturales desechados de la poda, o trozos de árboles secos o incluso utilizar árboles contrahechos de venta en comercios
Las lirias naturales: no se comercializan, las latas y recipientes de cristal suelen ir sin etiquetar. Difíciles de distinguir, en la liria natural se pueden observar restos orgánicos (palitos, restos de flores etc.) piedrecitas, en la liria artificial se pueden observar restos de plástico, guantes, crepé, etc.
Condiciones de captura.
Número máximo de capturas: 5 aves por día en total sin distinción de pluma, debiéndose soltar las que se capturen de más o los ejemplares de especies no autorizadas.
Durante, la sesión de captura no se podrán retener en jaula más de 10 ejemplares capturados, sin incluir los reclamos anillados.
Todos los reclamos y cimbeles utilizados deberán estar anillados. Los ejemplares criados en cautividad, pájaros mutados, con anilla cerrada, quedan excluidos, así como los híbridos (mixtos).
No hay límite en el número de reclamos a utilizar durante la captura.
La no identificación correcta o la irregularidad en el documento acreditativo, será especificada en la autorización como causa de rescisión de la misma. Las tachaduras o rectificaciones en el permiso de captura será motivo de inhabilitación para la obtención del mismo en la siguiente temporada.
No se admite la captura en cebaderos o bebederos artificiales, con reclamos cegados o mutilados, magnetófonos y casetes.
Las capturas de fringílidos sí se pueden realizar en los antiguamente denominados terrenos libres No les afecta la nueva Ley de Flora y Fauna en este apartado.
Igualmente se podrá capturar tanto en zonas de Reserva de Caza como en las Zonas de Seguridad
Los silvestristas con permiso de captura no necesitan autorización expresa de ningún organismo para la captura de fringílidos dentro de los terrenos de dominio público marítimo-terrestre ( ej: Playas, ríos, arroyos, sus cauces y márgenes ), ni dentro de terrenos propiedad de Ayuntamientos o de la Comunidad Autónoma siempre que no sean Parques o Parajes Naturales. Únicamente en los terrenos propiedad de particulares que estén incluidos en cotos privados de caza o estén cercados, pero tengan expresa prohibición de paso en la entrada de la finca, será necesario tener autorización del propietario.
Igualmente tampoco será necesario el permiso del titular de los terrenos que se encuentren dentro de los cotos deportivos de caza así definidos por el reglamento de Ordenación de la Caza de 9 de agosto de 2005.
Periodos de capturas:
Periodo estival: Del 10 de Julio al 21 de Agosto inclusive, jueves, viernes, sábados, domingos y festivos
Periodo otoñal: Del 12 de Octubre al 21 de Noviembre. Todos los días
Salidas:
En total 20 salidas, la sociedad Pajaril registrará los días que efectuarán las capturas Validando cada salida con fechador, rubrica y sello.
Cupos de capturas
A partir del 2006, según lo establecido en el nuevo Convenio de Silvestrísimo, todos los socios que se den de alta en una sociedad silvestrista, tendrán limitados los cupos de captura durante sus primeros tres años de socio en dicha sociedad, incluso aquellos que hubieran tenido antigüedad en otra sociedad salvo excepciones para éstos últimos.
Matreros
Matreros son las especies vegetales que se colocan durante las capturas para traer a las especies de fringílidos. Se pueden utilizar no requiriendo autorización expresa de la Delegación de la Conserjería de Medio Ambiente:
Mirto, murta o mortuño (Mirtus communis).
Lentisco (Pistacia lentiscus).
Así como cardos, torbiscas, romanceras, cenizos, etc
No se autoriza el uso de la camarina Para las capturas (Corema album), por ser especie, protegida
Cimbeles, jarilleros o jarillas
A los cimbeles jarilleros o jarillas se les da agua y comida en recipientes similares a los que portan en las jaulas los reclamos, no se consideran bebederos artificiales.
No se requiere ningún tipo de autorización para el entrenamiento de los cimbeles siempre que las aves porten sus correspondientes anillas y permisos de tenencia obligatorios.
Permiso excepcional de capturas
Los permisos deben ir sellados claramente indicando los días de captura con fechador y firma del representante de cada Sociedad Pajaril. Anualmente una vez finalizada la temporada se anotarán en los permisos de captura los números de las anillas de los ejemplares seleccionados .
En los permisos no figuran los nombres de los parajes autorizados, motivo por el cual se deberá adjuntar una relación de los mismos al permiso de capturas.
Relación de Parajes
De conformidad con la normativa vigente dictada por la Conserjería de Medio Ambiente cada. sociedad expedirá a sus socios una relación de los parajes de captura dentro de cada uno de las Hojas de los Planos Cartográficos autorizados. Dicha relación sólo tiene que estar firmada y sellada por la sociedad silvestrista no requiriendo autorización expresa de la Delegación. de la Consejería de Medio Ambiente. Esta relación ira en folio anexo separado del permiso de capturas, el cual únicamente indica el número y nombre de hoja de los planos correspondientes.
Ayudantes y Acompañantes
Ayudantes peden ir varios, tanto con arbolito como con red, aunque deben de tener todos tarjetas federativas y manejar el arte de captura. En cambio acompañantes son los que no manejan el arte de captura y no tienen obligación de llevar tarjeta federativa.
No hay límites de horas para las sesiones de capturas, se puede cambiar de posición la red en cada sesión y el titular deberá permanecer en el lugar de las capturas.
Otros requisitos
Todo silvestrista con permiso de capturas tendrá la obligación de participar anualmente en los concursos de silvestrísimo obligatorios que organice su sociedad, así como cumplir con la obligación persona de asistir a las preceptivas sueltas de fringílidos aportando a las mismas su cupo particular.
Las Fechas que aparecen de la apertura y cierre de las bedas son referentes al año 2011, cuando estén las del 2012 las cambiaremos, pero las normativas seran las mismas.
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- juanayu
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Re: distancia entre una red y un arbolillo artificial
En periodo de capturas hay un error , solo se pudo capturar , sabados , domingos y fectivos ,un saludo.
- X-GUILLE-96
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Re: distancia entre una red y un arbolillo artificial
ese es el tema , no lo especifican ....
- juanayu
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- Ubicación: ANDUJAR (JAEN)-SIERRA MORENA - ANDALUCIA.
Re: distancia entre una red y un arbolillo artificial
En Cataluña :
atr . 2.4 - El método de captura autorizado es la red abatible, que no se puede utilizar en ningún tipo de abrevadero, natural o artificial ni se puede poner alimento a disposición de los pájaros, excepto de los utilizados como reclamo. Solo se permite el uso de una red abatible por persona autorizada. La distancia entre redes abatibles de diferentes personas autorizadas debe ser superior a los 100 metros.
En Andalucia todavia no e encontrado nada espero dentro de poco informaros , un saludo.
atr . 2.4 - El método de captura autorizado es la red abatible, que no se puede utilizar en ningún tipo de abrevadero, natural o artificial ni se puede poner alimento a disposición de los pájaros, excepto de los utilizados como reclamo. Solo se permite el uso de una red abatible por persona autorizada. La distancia entre redes abatibles de diferentes personas autorizadas debe ser superior a los 100 metros.
En Andalucia todavia no e encontrado nada espero dentro de poco informaros , un saludo.
- juanayu
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- Ubicación: ANDUJAR (JAEN)-SIERRA MORENA - ANDALUCIA.
Re: distancia entre una red y un arbolillo artificial
Pos ya me e enterado , esto para los silvestristas Andaluces :
La distancia entre artes de captura del mismo tipo de diferentes silvestristas deberá ser superior a 100 metros, menos en el dominio público marítimo-terrestre donde se permite que se encuentren separados por una distancia mínima de 50 metros.
Segun la F.A.C. , tambien entre diferentes artes , pero preguntandolo yo a quien me a informado , esto no viene en resolucion , pero que es asi , bueno ante la duda hos aconsejo los 100 metros , para evitar royos y denuncias con el seprona , salud@s.
La distancia entre artes de captura del mismo tipo de diferentes silvestristas deberá ser superior a 100 metros, menos en el dominio público marítimo-terrestre donde se permite que se encuentren separados por una distancia mínima de 50 metros.
Segun la F.A.C. , tambien entre diferentes artes , pero preguntandolo yo a quien me a informado , esto no viene en resolucion , pero que es asi , bueno ante la duda hos aconsejo los 100 metros , para evitar royos y denuncias con el seprona , salud@s.
distancia entre una red y un arbolillo artificial
Juanayu muchas gracias tío por esta rallada q ras pegao escribiendo, en Cataluña creo q solo podías meter 7 pájaros en la jaula pero no me agais caso , para agosto ya me informare de todo
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